Audiencia Nacional refuerza protección del descanso frente a festivos coincidentes
La Justicia refuerza los derechos de descanso
Los festivos no podrán perderse por cuadrantes
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que modifica de forma relevante la gestión de los festivos laborales en España. El tribunal ha establecido que los festivos que coincidan con el descanso semanal en sábado deberán compensarse obligatoriamente con un día adicional de descanso.
La resolución afecta de manera directa al sector del “contact center”, donde muchas empresas venían aplicando un criterio que consideraba esos festivos como ya disfrutados. La decisión judicial responde a las demandas presentadas por USO, CGT, UGT y CCOO contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX).
El fallo considera que esta práctica vulnera el derecho de los trabajadores a disfrutar plenamente de los festivos reconocidos legalmente.
La Audiencia Nacional fija un nuevo criterio
La Sala de lo Social entiende que el descanso semanal y las fiestas laborales son derechos distintos. Por ello, uno no puede sustituir ni absorber al otro.
La sentencia declara que las empresas están obligadas a conceder un día adicional de descanso cuando exista coincidencia entre un festivo y el sábado fijado como descanso semanal del trabajador.
Además, la compensación deberá disfrutarse dentro de un plazo máximo de catorce días. El tribunal también reconoce efectos retroactivos respecto de los períodos no prescritos, lo que podría dar lugar a reclamaciones de trabajadores afectados durante ejercicios anteriores.
La Audiencia Nacional considera que permitir la absorción de festivos mediante cuadrantes de trabajo supondría reducir de forma indebida los derechos mínimos establecidos en la legislación laboral española.
El Supremo ya había iniciado este camino
La resolución llega pocas semanas después de una sentencia del Tribunal Supremo dictada el 30 de abril de 2025. En aquella ocasión, el alto tribunal reconoció el derecho a descanso compensatorio cuando un festivo coincidía con determinados descansos semanales.
Sin embargo, el Supremo no había aclarado expresamente qué ocurría cuando la coincidencia afectaba al sábado. La Audiencia Nacional resuelve ahora esa cuestión y amplía el alcance de la doctrina anterior.
El nuevo criterio podría tener consecuencias importantes en sectores con horarios flexibles, turnos rotatorios o jornadas distribuidas de lunes a sábado.
Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia refuerza el principio de protección efectiva del descanso y limita determinadas prácticas empresariales relacionadas con la planificación de jornada.
Los sindicatos destacan el alcance general de la sentencia
Las organizaciones sindicales celebraron inmediatamente la resolución. USO afirmó que el fallo consolida una doctrina que impedirá eliminar festivos mediante la simple elaboración de cuadrantes laborales.
Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO, señaló que la sentencia garantiza que todos los trabajadores puedan disfrutar íntegramente de los catorce festivos anuales reconocidos por ley, con independencia de cómo se distribuya su jornada.
Aunque la resolución todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la decisión de la Audiencia Nacional ya marca una referencia importante para futuros conflictos colectivos relacionados con la gestión de festivos y descansos semanales.
La sentencia estará próximamente disponible.