El TSXG condena a la Xunta por mala gestión en caso de acoso escolar
Condena a la Xunta por daños sufridos por un menor
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a la Xunta de Galicia a indemnizar con 9.000 euros a los padres de un menor por los daños sufridos durante la investigación de una posible situación de acoso escolar en el curso 2022/2023. La Sala de lo Contencioso-Administrativo aprecia responsabilidad patrimonial de la Administración educativa, no por la existencia acreditada de acoso, sino por una actuación considerada insuficiente en la gestión del caso.
La resolución estima parcialmente el recurso interpuesto por los progenitores frente a la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional.
Aclaración clave: no se acredita acoso escolar
Uno de los elementos centrales de la sentencia es la distinción entre la inexistencia de acoso escolar y la calidad de la respuesta administrativa. El TSXG recuerda que una resolución administrativa previa, firme y consentida, descartó la existencia de acoso, por lo que este extremo no puede revisarse judicialmente.
Sin embargo, el tribunal subraya que la ausencia de acoso acreditado no exonera automáticamente a la Administración de responsabilidad, si su actuación posterior no fue adecuada para proteger al menor ante una situación denunciada como potencialmente lesiva.
Fallos en la investigación y en la respuesta educativa
Según la Sala, el análisis de la prueba permite apreciar deficiencias relevantes en la actuación administrativa tras la activación del protocolo. Los magistrados destacan una investigación insuficiente de los hechos y una respuesta poco coordinada por parte del centro educativo y de la Administración.
La sentencia describe la gestión del caso como errática y, en algunos momentos, improvisada, tanto en la fase previa de investigación como en la aplicación de las medidas de prevención y acompañamiento adoptadas. Estas carencias, a juicio del tribunal, generaron un perjuicio efectivo al menor.
Responsabilidad patrimonial e indemnización
El TSXG concluye que concurren los requisitos para declarar la responsabilidad patrimonial de la Administración: un daño efectivo sufrido por el menor y una relación de causalidad con la actuación administrativa deficiente. En consecuencia, fija una indemnización de 9.000 euros, destinada a compensar los daños derivados de la gestión del procedimiento y de las medidas de protección implementadas.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.