El Congreso rechaza la convalidación del Real Decreto-ley 16/2025
El Congreso rechaza la convalidación de la norma
El Congreso de los Diputados no ha convalidado el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, lo que ha provocado su derogación automática conforme al artículo 86.2 de la Constitución Española. La norma incluía un amplio conjunto de medidas de carácter social, económico, laboral, energético y tributario, cuya vigencia quedaba condicionada a la ratificación parlamentaria. Al no alcanzarse el respaldo necesario, el texto ha quedado sin efectos.
Publicación oficial de la derogación
La derogación ha sido formalizada mediante la Resolución de 27 de enero de 2026, del Congreso de los Diputados, publicada en el Boletín Oficial del Estado. En dicha resolución se ordena la publicación del Acuerdo por el que se deja sin efecto el Real Decreto-ley 16/2025, confirmando la desaparición de su contenido normativo y la inaplicación de las medidas previstas para ejercicios futuros.
Medidas de vivienda y protección social afectadas
Entre las disposiciones ahora derogadas se encontraban medidas relevantes en materia de vivienda. El real decreto-ley ampliaba hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos en situaciones de vulnerabilidad económica y social. Esta medida, adoptada inicialmente durante la pandemia, había sido prorrogada en sucesivas ocasiones. Asimismo, se mantenía la posibilidad de compensación económica a los arrendadores afectados, conforme al marco legal vigente.
Empleo y continuidad del salario mínimo
En el ámbito laboral, el Real Decreto-ley 16/2025 prorrogaba de forma transitoria la vigencia del salario mínimo interprofesional aprobado para 2025 hasta la aprobación del correspondiente a 2026. El objetivo era evitar un vacío normativo en materia salarial mientras se fijaba la nueva cuantía aplicable.
Impacto en el ámbito tributario
La norma incorporaba también medidas tributarias que quedan sin efecto tras la derogación. Entre ellas, la prórroga de beneficios fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades vinculados a la eficiencia energética y a la adquisición de vehículos eléctricos. Asimismo, se mantenían los regímenes de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA, junto con la imputación de rentas inmobiliarias.
El texto regulaba, además, la exención en el IRPF de determinadas ayudas por daños personales derivados de incendios forestales, emergencias de protección civil y la DANA, así como los coeficientes aplicables en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Con la falta de convalidación, todas estas medidas han quedado derogadas.